/ miércoles 23 de octubre de 2024

TEPJF destraba elección de ministros y jueces; da luz verde al INE para continuar organización

Dos magistrados votaron en contra al advertir que el TEPJF se extralimita en sus facultades, pues la SCJN aún debe resolver consultas sobre si puede revisar la reforma judicial

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) destrabó la elección por voto popular de ministros de Suprema Corte, magistrados y jueces, al aprobar una acción declarativa para que el Instituto Nacional Electoral (INE) continúe con la elección judicial e ignore las 140 suspensiones decretadas por jueces.

“Es constitucionalmente inviable detener la implementación de los procedimientos electorales a cargo del INE, en tanto exista norma que constitucionalmente le imponga dicha atribución y mandato”, se lee en la declaratoria.

El proyecto del magistrado Felipe de la Mata Pizaña fue aprobado con los votos a favor de la magistrada presidenta de la Sala Superior, Mónica Soto Fregoso, y el magistrado Felipe Fuentes Barrera, mientras que los magistrados Janine Otálora y Reyes Rodríguez Mondragón votaron en contra al advertir que el TEPJF se extralimita en sus facultades, pues la Suprema Corte aún debe resolver consultas sobre si puede revisar la reforma judicial.

El magistrado De la Mata Pizaña defendió su proyecto y explicó que el artículo 41 de la Constitución establece que en materia electoral no opera la suspensión de los actos de la autoridad, pues durante “el proceso electoral todo es urgente y suspender un proceso electoral es contrario a lo que dice expresamente la Constitución”.

La magistrada Janine Otálora se pronunció por aplazar la discusión de la acción declarativa, hasta que la Corte “resuelva diversos asuntos de su competencia vinculados justamente con el tema de la reforma judicial y toda la serie de suspensiones que han sido ordenadas por diversos juzgados de distrito”, sin embargo, el magistrado De la Mata Pizaña afirmó que ni el máximo tribunal puede frenar una elección, pues hacerlo implicaría dejar en incertidumbre la elección judicial.

“La propia Corte no podría suspenderlo ¿ya me doy a entender?, la Corte también está obligada al cumplimiento de la Constitución, no podría suspender un proceso ni podría suspender asunto si estuviera relacionado con el proceso. Los plazos del proceso están corriendo y son urgentes y la Corte no tiene plazos para resolver, podría pasar un año o dos, así ha pasado con muchos asuntos que tienen que ver con temas electorales”, dijo.

Aunque en la acción declarativa se afirma que quedan intocadas las sentencias que ordenan la suspensión de la elección dictadas por jueces, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón advirtió que el proyecto incurre en una extralimitación de facultades al pronunciarse explícitamente sobre la validez y efectos de resoluciones dictadas por jueces de distrito y deja sin efecto las suspensiones dictadas por jueces.

“Implícitamente propone invadir la esfera competencial de otros órganos del Poder Judicial de la Federación. Si bien en la resolución formalmente se argumenta que no habrá un pronunciamiento sobre las suspensiones, en realidad termina por afectar su eficacia al declarar que es constitucionalmente inviable suspender la realización de los procedimientos electorales a cargo del INE. Esta determinación equivale materialmente a dejar sin efecto las suspensiones otorgadas por los juzgados de distrito”, dijo.

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La presidenta Mónica Soto negó que se invaliden las suspensiones dictadas por jueces, pues precisó que que la acción declarativa aprobada tiene como único objetivo “eliminar la incertidumbre sobre una determinada situación jurídica para conseguir la plena certeza".

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) destrabó la elección por voto popular de ministros de Suprema Corte, magistrados y jueces, al aprobar una acción declarativa para que el Instituto Nacional Electoral (INE) continúe con la elección judicial e ignore las 140 suspensiones decretadas por jueces.

“Es constitucionalmente inviable detener la implementación de los procedimientos electorales a cargo del INE, en tanto exista norma que constitucionalmente le imponga dicha atribución y mandato”, se lee en la declaratoria.

El proyecto del magistrado Felipe de la Mata Pizaña fue aprobado con los votos a favor de la magistrada presidenta de la Sala Superior, Mónica Soto Fregoso, y el magistrado Felipe Fuentes Barrera, mientras que los magistrados Janine Otálora y Reyes Rodríguez Mondragón votaron en contra al advertir que el TEPJF se extralimita en sus facultades, pues la Suprema Corte aún debe resolver consultas sobre si puede revisar la reforma judicial.

El magistrado De la Mata Pizaña defendió su proyecto y explicó que el artículo 41 de la Constitución establece que en materia electoral no opera la suspensión de los actos de la autoridad, pues durante “el proceso electoral todo es urgente y suspender un proceso electoral es contrario a lo que dice expresamente la Constitución”.

La magistrada Janine Otálora se pronunció por aplazar la discusión de la acción declarativa, hasta que la Corte “resuelva diversos asuntos de su competencia vinculados justamente con el tema de la reforma judicial y toda la serie de suspensiones que han sido ordenadas por diversos juzgados de distrito”, sin embargo, el magistrado De la Mata Pizaña afirmó que ni el máximo tribunal puede frenar una elección, pues hacerlo implicaría dejar en incertidumbre la elección judicial.

“La propia Corte no podría suspenderlo ¿ya me doy a entender?, la Corte también está obligada al cumplimiento de la Constitución, no podría suspender un proceso ni podría suspender asunto si estuviera relacionado con el proceso. Los plazos del proceso están corriendo y son urgentes y la Corte no tiene plazos para resolver, podría pasar un año o dos, así ha pasado con muchos asuntos que tienen que ver con temas electorales”, dijo.

Aunque en la acción declarativa se afirma que quedan intocadas las sentencias que ordenan la suspensión de la elección dictadas por jueces, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón advirtió que el proyecto incurre en una extralimitación de facultades al pronunciarse explícitamente sobre la validez y efectos de resoluciones dictadas por jueces de distrito y deja sin efecto las suspensiones dictadas por jueces.

“Implícitamente propone invadir la esfera competencial de otros órganos del Poder Judicial de la Federación. Si bien en la resolución formalmente se argumenta que no habrá un pronunciamiento sobre las suspensiones, en realidad termina por afectar su eficacia al declarar que es constitucionalmente inviable suspender la realización de los procedimientos electorales a cargo del INE. Esta determinación equivale materialmente a dejar sin efecto las suspensiones otorgadas por los juzgados de distrito”, dijo.

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La presidenta Mónica Soto negó que se invaliden las suspensiones dictadas por jueces, pues precisó que que la acción declarativa aprobada tiene como único objetivo “eliminar la incertidumbre sobre una determinada situación jurídica para conseguir la plena certeza".

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