Tras darse a conocer el decreto con el que se hace obligatorio el uso de cubrebocas en Chihuahua, la población deberá acatar dicha medida a partir del 15 de noviembre, sin embargo, ¿Sabes cuáles son las excepciones para portarlo y en dónde debo usarlo?, acá te dejamos el dato.
El artículo único que fue publicado en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua tiene como fin establecer el uso obligatorio de cubrebocas para prevenir la transmisión y riesgos de contagio de Covid-19.
¿Dónde lo tengo que usar?
- En vías y espacios públicos o de uso común
- Interior de establecimientos ya sea de comercio, industria o servicios
- Centros de trabajo de cualquier ramo
- Centros comerciales, considerados como esenciales o no esenciales
- Transporte público (usuarios, operadores y conductores). No se le prestará servicio a quien no lo porte.
En el caso de las niños y adolescentes entre 2 y 12 años, deberán ser supervisados por personas adultas.
Las personas con alguna infección respiratoria, sus cuidadores y los profesionales de la salud, estando en funciones, deberán usar cubrebocas médicos.
¿Quiénes quedan excluidos de usarlo?
1. Menores de dos años
2 Cualquier persona que tenga problemas para respirar, que no esté ocasionada por una infección respiratoria.
3. Personas que no puedan quitarse el cubrebocas sin ayuda.
4. Aquella persona que se encuentre en el interior de un vehículo automotriz sin compañía.