Emite la diputada Elizabeth Chávez posicionamiento ante el Congreso del Estado, por la recién discutida Ley de Derechos de Autor, en la que podrían sancionar e, incluso, criminalizar a usuarios y personas que actúen de buena fe o que no tienen como finalidad la evasión o elusión con fines lícitos de las medidas tecnológicas de protección de obras interpretaciones o ejecuciones.
"Si bien, la finalidad de las reformas a la citada Ley es fortalecer la protección de los derechos de autores, artistas, intérpretes o ejecutantes, editores, productores y organismos de radiodifusión, también pueden impactar a negocios o prestadores de servicios dedicados de manera lícita a la reparación de computadoras, equipos, celulares o tabletas, de tal manera que su actividad pudiera ser sancionada de acuerdo a los nuevos tipos penales, a menos que se les otorgue un permiso para hacer su trabajo", explicó la diputada.
El Grupo Parlamentario del PRI del Congreso de la Unión, propuso armonizar a los tipos penales, enunciando de manera clara las actividades que no serán consideradas violaciones a la Ley Federal de los Derechos de Autor.
"El único objetivo es no contribuir a la criminalización de quienes, de buena fe, tengan actividades con fines lícitos de las medidas tecnológicas, obras, interpretaciones, etcétera", detalló.
Chávez Mata dijo que, “como integrante de la bancada del PRI y como presidenta de la Comisión de Ciencia y Tecnología del Congreso del Estado de Chihuahua, coincide con la convicción expresa de que las medidas de protección en materia de derechos de autor requieren, más allá de una legislación coercitiva, una política cultural que fusione principios constitucionales, legislación secundaria, programa de gobierno, líneas de acción gubernamentales y una alineación transversal con otros sectores estratégicos para la creación de indicadores y el desarrollo de metas institucionales", sentenció.
En ese sentido, la diputada considera que el romper los candados digitales, no puede ser delito en todos los casos, "hay excepciones muy válidas y que, incluso, forma parte de nuestra vida cotidiana en donde resulta necesario acceder a esos candados digitales", indicó.
"En tal virtud -abundó-, resulta procedente considerar las excepciones previstas en la Ley Federal de Derechos de Autor, a partir de las cuales, actividades de ingeniería inversa, inclusión de componentes o las realizadas con autorización del propietario de una computadora, sistema o red, con el objeto de probar, investigar o corregir la seguridad de alguno de los equipos descritos, entre otras, puedan considerarse como excepciones en el procedimiento penal y no sólo en el procedimiento administrativo dispuesto en la Ley Federal del Derecho de Autor".
Asimismo, la diputada Chávez ejemplificó casos como la necesidad de acceder a sistemas para incorporar medidas de accesibilidad para personas con capacidades diferentes, como lenguaje de señas o subtítulos, fines justificados y lícitos, o en su caso, para establecer medidas de protección para menores de edad, ante el crecimiento de los delitos de trata de personas o pornografía infantil.
Por otra parte, cuando las obras han terminado su período de protección, de acuerdo con la legislación en materia de derechos de autor y los tratados internacionales en la materia, si ya no hay sanción administrativa porque dichas obras ya fueron liberadas para su uso, no existe razón de ser para que puedan ser objeto en un procedimiento penal.
Chávez Mata insistió en que no pueden considerarse ilícitas las correcciones a los dispositivos móviles, "como tampoco lo pueden ser la incorporación lícita de software libres, que implican el uso o actuación de diferentes marcas y no se justifica la penalización por el simple intercambio de software", expresó.
Por todo lo anterior, la legisladora externó su apoyo a la iniciativa presentada por los diputados federales del PRI, pues se justifican plenamente las adiciones propuestas, con la finalidad de dar mayor certeza jurídica y fortalecer la procuración y administración de justicia.