El diputado de Morena Gustavo De la Rosa Hickerson presentó una iniciativa de ley para reformar varias disposiciones en materia de inclusión, que abarca desde los tres poderes del Estado, así como a empresas particulares, leyes de prevención y protección civil en caso de desastre y la sanción de omisiones a estas leyes.
La reforma, se basa en los preceptos nacionales e internacionales que México como Estado, ha suscrito y establece en la Constitución Mexicana, la cual obliga a gobiernos y los representes populares, garantizar los derechos humanos de las personas con discapacidad.
Esta ley propone modificaciones a siete leyes, La Ley Para La Inclusión Y Desarrollo de las Personas con Discapacidad en el Estado de Chihuahua, Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Chihuahua, Ley de Protección Civil del Estado de Chihuahua, Ley de Asistencia Social, Ley De Hacienda Del Estado De Chihuahua, Código Penal Del Estado De Chihuahua y la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua.
El diputado indicó que se constituye como una iniciativa que se considera una Reforma Social por los Derechos de las Personas con Discapacidad, que se debe traducir en cambios estructurales e institucionales en inclusión laboral, protección civil, asistencia social y accesibilidad.
- Se propone que desde el Pleno y el Consejo de la Judicatura, el Ejecutivo Estatal, el Congreso del Estado dicte, ejecute y promueva en todas las áreas, acciones afirmativas a favor de las personas con discapacidad, así como incluir en sus áreas de trabajo.
- Que ante la inminencia o consumación de un desastre que ponga en situación de riesgo en donde las personas con discapacidad tienen un mayor grado de exposición a sufrir las consecuencias, perfeccionar la asistencia Social, para que las personas en situación de necesidad y vulnerabilidad alcancen una subsistencia digna por sus propios medios.
- Promulgar diversos incentivos fiscales que permitan estimular a través de los contribuyentes, como la Ley del Impuesto sobre la Renta para incentivar a los patrones o sujetos obligados, a contratar Personas con Discapacidad.
- En lo referido Código Penal, perseguir el delito a quien abandone u omita dar aviso a la autoridad sobre el abandono de una persona con discapacidad incapaz de cuidar de sí misma, así como el abandono de las personas cuando su entorno familiar se ve afectado.