/ miércoles 3 de junio de 2020

Personas que perdieron su empleo pueden tramitar Retiro Parcial por Desempleo: IMSS

Norma Gabriela López Castañeda, directora de Incorporación y Recaudación del Instituto indicó los requisitos para realizar este trámite para hacer uso de los recursos de la cuenta individual

El retiro parcial por desempleo es uno de los beneficios ofrecidos por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), informó Norma Gabriela López Castañeda, directora de Incorporación y Recaudación del Instituto. Esta protección que tiene el trabajador formal es importante en momentos como este de emergencia sanitaria, ya que en el caso de que pierda su empleo, puede hacer uso de los recursos de su cuenta individual, manifestó.

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Durante conferencia sobre la entrega de los apoyos solidarios, señaló los requisitos para acceder a este beneficio: tener 46 días naturales de estar desempleado, haber estado registrado al menos durante tres años con una Afore, tener dos o más años cotizados en el Seguro Social y no haber efectuado retiros de su cuenta individual en los últimos cinco años.

Una vez cumplidos los requisitos, lo único que hay que hacer es presentarse en la Afore y solicitar la realización del trámite; hecho esto, la Afore validará que efectivamente se cumpla con las condiciones del trámite y el IMSS validará y certificará en su caso el derecho al Retiro Parcial por Desempleo.

La disposición parcial de los recursos de la cuenta individual se podrá realizar con base en dos modalidades: en la primera, si la cuenta individual tiene al menos tres años de haber sido abierta y la persona tiene un mínimo de dos años de cotización al IMSS, entonces se puede retirar un monto equivalente a 30 días del último Salario Base de Cotización registrado con un límite de 10 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

La segunda modalidad es aplicable cuando la cuenta individual tiene más de cinco años de haber sido abierta; en estos casos, el monto a retirar corresponde a lo que resulte menor entre el importe correspondiente a 90 días del Salario Base de Cotización de las últimas 250 semanas o el 11.5 por ciento de los recursos acumulados en la subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (RCV).

La directora de Incorporación y Recaudación indicó que lo recomendable es acceder al Retiro Parcial por Desempleo sólo en caso de emergencias, ya que al retirar los recursos de sus ahorros también se disminuyen sus semanas cotizadas. No obstante, para no afectar su posibilidad de pensionarse, los recursos retirados pueden ser repuestos posteriormente e ingresados a su cuenta individual, con lo que se reintegraran las semanas que hubieran sido descontadas.

Otro tema destacado por Norma Gabriela López Castañeda fue la consulta que se puede hacer de las semanas cotizadas en el IMSS. A través de este trámite, de una manera muy sencilla, las personas pueden conocer su situación afiliatoria con el Instituto, es decir, qué patrones las han dado de alta y con qué salarios las han registrado.

Este trámite se puede realizar a través de la página www.imss.gob.mx en el apartado de servicios digitales. lo único que se requiere es contar con un correo electrónico, CURP, Número de Seguridad Social y de manera automática el sistema generará el resultado de la consulta.

En este punto López Castañeda enfatizó la importancia de que las personas se cercioren de que en los registros del IMSS se cuente con sus datos correctos y actualizados, para acceder a realizar tanto estos trámites digitales como para recibir todos los servicios que ofrece el Instituto.

Subrayó que para mayor información de los esquemas de aseguramiento se ha puesto a disposición de la población el número 800 623 2323, opción 1, de lunes a viernes en un horario de 8:00 a 20:00 horas, y los sábados y domingos de 8:00 a 14:00 horas.

En otro orden de ideas, la directora de Incorporación y Recaudación del Seguro Social informó que al miércoles 3 de junio se han aprobado 6 mil 322 solicitudes para acceder a un Apoyo Solidario a la Palabra, de las cuales dos mil 450 corresponden a personas trabajadoras del hogar y tres mil 872 a trabajadores independientes afiliados al Instituto.

Recordó que para contar con mayor información de los Apoyos Solidarios para personas trabajadoras del hogar y trabajadores independientes afiliados al IMSS, está a disposición de la población el número 800 623 2323, opción 2, con un horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas, y sábados y domingos de 8:00 a 14:00 horas.

Asimismo, señaló que otro punto de contacto es a través de apoyo.solidario@imss.gob.mx, en donde se han recibido alrededor de 24 mil correos electrónicos para esclarecer dudas respecto del acceso a los apoyos y otros beneficios de la seguridad social.

El retiro parcial por desempleo es uno de los beneficios ofrecidos por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), informó Norma Gabriela López Castañeda, directora de Incorporación y Recaudación del Instituto. Esta protección que tiene el trabajador formal es importante en momentos como este de emergencia sanitaria, ya que en el caso de que pierda su empleo, puede hacer uso de los recursos de su cuenta individual, manifestó.

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Durante conferencia sobre la entrega de los apoyos solidarios, señaló los requisitos para acceder a este beneficio: tener 46 días naturales de estar desempleado, haber estado registrado al menos durante tres años con una Afore, tener dos o más años cotizados en el Seguro Social y no haber efectuado retiros de su cuenta individual en los últimos cinco años.

Una vez cumplidos los requisitos, lo único que hay que hacer es presentarse en la Afore y solicitar la realización del trámite; hecho esto, la Afore validará que efectivamente se cumpla con las condiciones del trámite y el IMSS validará y certificará en su caso el derecho al Retiro Parcial por Desempleo.

La disposición parcial de los recursos de la cuenta individual se podrá realizar con base en dos modalidades: en la primera, si la cuenta individual tiene al menos tres años de haber sido abierta y la persona tiene un mínimo de dos años de cotización al IMSS, entonces se puede retirar un monto equivalente a 30 días del último Salario Base de Cotización registrado con un límite de 10 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

La segunda modalidad es aplicable cuando la cuenta individual tiene más de cinco años de haber sido abierta; en estos casos, el monto a retirar corresponde a lo que resulte menor entre el importe correspondiente a 90 días del Salario Base de Cotización de las últimas 250 semanas o el 11.5 por ciento de los recursos acumulados en la subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (RCV).

La directora de Incorporación y Recaudación indicó que lo recomendable es acceder al Retiro Parcial por Desempleo sólo en caso de emergencias, ya que al retirar los recursos de sus ahorros también se disminuyen sus semanas cotizadas. No obstante, para no afectar su posibilidad de pensionarse, los recursos retirados pueden ser repuestos posteriormente e ingresados a su cuenta individual, con lo que se reintegraran las semanas que hubieran sido descontadas.

Otro tema destacado por Norma Gabriela López Castañeda fue la consulta que se puede hacer de las semanas cotizadas en el IMSS. A través de este trámite, de una manera muy sencilla, las personas pueden conocer su situación afiliatoria con el Instituto, es decir, qué patrones las han dado de alta y con qué salarios las han registrado.

Este trámite se puede realizar a través de la página www.imss.gob.mx en el apartado de servicios digitales. lo único que se requiere es contar con un correo electrónico, CURP, Número de Seguridad Social y de manera automática el sistema generará el resultado de la consulta.

En este punto López Castañeda enfatizó la importancia de que las personas se cercioren de que en los registros del IMSS se cuente con sus datos correctos y actualizados, para acceder a realizar tanto estos trámites digitales como para recibir todos los servicios que ofrece el Instituto.

Subrayó que para mayor información de los esquemas de aseguramiento se ha puesto a disposición de la población el número 800 623 2323, opción 1, de lunes a viernes en un horario de 8:00 a 20:00 horas, y los sábados y domingos de 8:00 a 14:00 horas.

En otro orden de ideas, la directora de Incorporación y Recaudación del Seguro Social informó que al miércoles 3 de junio se han aprobado 6 mil 322 solicitudes para acceder a un Apoyo Solidario a la Palabra, de las cuales dos mil 450 corresponden a personas trabajadoras del hogar y tres mil 872 a trabajadores independientes afiliados al Instituto.

Recordó que para contar con mayor información de los Apoyos Solidarios para personas trabajadoras del hogar y trabajadores independientes afiliados al IMSS, está a disposición de la población el número 800 623 2323, opción 2, con un horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas, y sábados y domingos de 8:00 a 14:00 horas.

Asimismo, señaló que otro punto de contacto es a través de apoyo.solidario@imss.gob.mx, en donde se han recibido alrededor de 24 mil correos electrónicos para esclarecer dudas respecto del acceso a los apoyos y otros beneficios de la seguridad social.

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