Prevalecerán sin regularse las condiciones mecánicas de coches, a pesar de que el artículo 54 de la Ley General de Movilidad y Seguridad indica que se debe de verificar la seguridad de los coches que circulan.
Según la Alianza Nacional por la Seguridad Vial, la Secretaría de Economía incumple con lo mandatado por la mencionada ley, en su artículo 66 fracción VIl, al cancelar la NOM-236-SE-2021 que claramente está orientada a mejorar la seguridad vial.
Además, deja en incertidumbre la forma en que las autoridades federales, estatales y municipales cumplirán con la recién publicada Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, tomando en cuenta que el artículo 54, en su último párrafo, manda a verificar la seguridad de los vehículos en circulación, además de los artículos 67, 68 y 69.
También, actúa de forma contraria a lo establecido en la Ley de Infraestructura de la Calidad, tomando en cuenta que la Seguridad Vial, es un objetivo legítimo de interés público, de acuerdo con la fracción XII del artículo 10 de esa ley.
Por ello, se catalogó como decepcionante, que la Secretaría de Economía, tome decisiones en contra de la seguridad vial, al cancelar la NOM que permitiría mejorar las condiciones de seguridad, con las que transitan la mayoría de los vehículos en nuestro país.
Se lamentó el hecho de que elimine el documento, que estandariza la forma en que las entidades federativas verificarán las condiciones físico mecánicas, de acuerdo a lo que ya algunas han establecido en sus actualizaciones a leyes de movilidad y seguridad vial.
La revisión técnica vehicular es una medida que cuenta con evidencia de su efectividad para mejorar la seguridad vial.
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Cabe recordar que en caso de que se solicitara una verificación adicional, se debería de generar un impuesto adicional para los conductores, motivo por el cual, se terminó de descartar dicha iniciativa en la Secretaría de Hacienda.