Repunta más del 70 por ciento los casos de lesiones dolosas durante el mes de mayo en Parral. Según estadísticas proporcionadas por el Fideicomiso para la Competitividad y Seguridad Ciudadana (Ficosec), en mayo del presente año se registraron un total de 29 casos, siendo que, en el mismo mes, pero del 2023 fueron 17. En comparación con el mes de abril del 2024, repuntó 61.11 por ciento. Van 86 casos acumulados, 14 más que el año pasado.
La sanción correspondiente para dicho delito varía en función del grado de daño al afectado, llegando a alcanzar penas de hasta siete años de prisión, según lo establecido en el artículo 129 del Código Penal del Estado de Chihuahua.
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Según estadísticas de Ficosec, en Parral repuntaron los casos de lesiones dolosas durante el mes de mayo hasta un 70 por ciento en comparación con el mismo mes, pero de un año anterior y hasta un 61.11 por ciento en comparación con el mes de abril de este año.
Lo anterior, luego de que en hasta el quinto mes del presente año se registraran un total de 29 casos, lo que crea una diferencia de 12 respecto al 2023 y de 11 casos respecto al mes anterior cuando se suscitaron 18.
Información de Ficosec demuestra que, hasta el mes de mayo, Parral cuenta con un acumulado de 86 carpetas de investigación por dicho delito, una diferencia del 19.44 por ciento en relación con el año pasado cuando se registraron 72.
De acuerdo al Código Penal del Estado de Chihuahua, la persona que incurra en este delito o se demuestre su responsabilidad penal, puede llegar a tener una condena de hasta siete años de prisión.
Lo anterior, en base al artículo 129, en donde se indica que; a quien cause a otro un daño o alteración en su salud, se le impondrán; de treinta a noventa días de multa, si las lesiones tardan en sanar menos de quince días; de seis meses a dos años de prisión, cuando tarden en sanar más de quince días y menos de sesenta.
Asimismo, de dos a tres años seis meses de prisión, si tardan en sanar más de sesenta días, de dos a cinco años de prisión, cuando dejen cicatriz permanentemente notable en la cara, de tres a cinco años de prisión, cuando disminuyan alguna facultad o el normal funcionamiento de un órgano o de un miembro.
De igual manera, de tres a siete años de prisión, si producen la pérdida de cualquier función orgánica, de un miembro, de un órgano o de una facultad, o causen una enfermedad incurable o una deformidad incorregible, de tres a seis años de prisión, cuando pongan en peligro la vida.
En cuanto al caso de las primeras lesiones en mención se refiere, el mismo artículo 129 establece que estas serán perseguidas mediante querella, a excepción de cuando las víctimas son menores de dieciocho años de edad, en dicho caso, las investigaciones se integran y se realizan de oficio.