Informan sobre el protocolo que se debe seguir ante las autoridades policíacas cuando se reporta la desaparición o ausencia de una persona a fin de que se activen las alertas.
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La Fiscalía General del Estado (FGE) señaló a la población que se debe emitir inmediatamente el reporte a la línea de emergencia 911 para que se active su búsqueda.
De igual forma, mencionaron que deben acudir a interponer la denuncia a las instalaciones de la FGE, dependiendo en la zona que se encuentren en el estado, además de acudir con una fotografía de la persona.
Detallaron que en el sitio un ministerio público atenderá y levantará el reporte correspondiente, en el que es importante se detallen los datos de quién se encuentra desaparecido.
Es decir, en dónde fue visto por última vez, vestimenta, señas particulares y físicas y demás informes relacionados a la desaparición que pudieran apoyar a la autoridad para su pronta localización.
Una vez que se emite la ficha, autoridades de las diferentes corporaciones policíacas emplean las acciones de búsqueda en los diferentes sectores o tramos.
Es de señalar que la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas distingue entre persona desaparecida y no localizada, destacando como diferencia la presunción o no de la comisión de un delito.
Lo anterior es debido a que la persona desaparecida es toda aquella cuyo paradero se desconoce y su ausencia, se presume, pudiera estar relacionada con la comisión de un delito en su contra.