/ martes 13 de agosto de 2024

Patrones que no paguen horas extra podrían ser encarcelados hasta por 10 años

El director del Centro Federal de Conciliación en Chihuahua recordó que las multas pueden ser de más de un millón de pesos

Trabajadores de pueden denunciar penalmente a los patrones que no paguen horas extra, esto de acuerdo con la información emitida por el Director del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral quien explicó que esta falta puede ser investigada por la Fiscalía General del Estado y además destacó que las sanciones incluyen hasta 10 años cárcel y multas de más de 1 millón de pesos.

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Enrique Zertuche Morales, Director del Centro del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral informó el pasado 7 de junio del presente año se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.

Explicó que en esta se incluye una adición a su artículo 21, respecto a las jornadas laborales que excedan los límites legales establecidos entre los mismos se involucra a todos aquellos que puedan ser víctimas de explotación laboral.

En este sentido, destacó que todo aquel trabajador que preste servicios más de 48 horas por semana y no reciba pago de horas extras podrá interponer una denuncia ante las autoridades laborales o penales.

Foto: Cortesía / Aptiv

Asimismo detalló que los trabajadores podrán denunciar ante el Centro Local o Federal de Conciliación y Registro, además también podrán interponer demanda ante la Fiscalía General del Estado.

De acuerdo con lo mencionado por el director de la instancia federal, el patrón que no cumpla con estos lineamientos podrá ser sancionado con pena de 3 a 10 años de prisión, y de 5 mil a 50 mil días multa, quien explote laboralmente a una o más personas.

Además se resaltó que si se trata de personas pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, las multas y sanciones van desde los 4 a 12 años de prisión, y de 7 mil a 70 mil días multa.

El director del centro recordó que esta reforma, se realiza con el objeto de regular todos aquellos centros de trabajo que se aprovechan del desconocimiento que existe en diversos grupos vulnerables.

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Sí bien es cierto, la gran mayoría de las empresas cumple con sus obligaciones patronales, existe las que abusan de esta situación, sin embargo, a partir del mes de junio ya está tipificado como un delito la explotación laboral y se sanciona con prisión o multa” declaró.

Trabajadores de pueden denunciar penalmente a los patrones que no paguen horas extra, esto de acuerdo con la información emitida por el Director del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral quien explicó que esta falta puede ser investigada por la Fiscalía General del Estado y además destacó que las sanciones incluyen hasta 10 años cárcel y multas de más de 1 millón de pesos.

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Enrique Zertuche Morales, Director del Centro del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral informó el pasado 7 de junio del presente año se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.

Explicó que en esta se incluye una adición a su artículo 21, respecto a las jornadas laborales que excedan los límites legales establecidos entre los mismos se involucra a todos aquellos que puedan ser víctimas de explotación laboral.

En este sentido, destacó que todo aquel trabajador que preste servicios más de 48 horas por semana y no reciba pago de horas extras podrá interponer una denuncia ante las autoridades laborales o penales.

Foto: Cortesía / Aptiv

Asimismo detalló que los trabajadores podrán denunciar ante el Centro Local o Federal de Conciliación y Registro, además también podrán interponer demanda ante la Fiscalía General del Estado.

De acuerdo con lo mencionado por el director de la instancia federal, el patrón que no cumpla con estos lineamientos podrá ser sancionado con pena de 3 a 10 años de prisión, y de 5 mil a 50 mil días multa, quien explote laboralmente a una o más personas.

Además se resaltó que si se trata de personas pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, las multas y sanciones van desde los 4 a 12 años de prisión, y de 7 mil a 70 mil días multa.

El director del centro recordó que esta reforma, se realiza con el objeto de regular todos aquellos centros de trabajo que se aprovechan del desconocimiento que existe en diversos grupos vulnerables.

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Sí bien es cierto, la gran mayoría de las empresas cumple con sus obligaciones patronales, existe las que abusan de esta situación, sin embargo, a partir del mes de junio ya está tipificado como un delito la explotación laboral y se sanciona con prisión o multa” declaró.

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