/ viernes 1 de abril de 2022

Ordena el INE retirar la propaganda de AMLO

La Comisión ordenó a 111 municipios de distintas entidades federativas que realicen el retiro de la propaganda fijada en equipamiento urbano

El Instituto Nacional Electoral ordenó retirar la propaganda a favor del presidente de la República ya que viola los principios, certeza y el derecho fundamental al voto libre e informado.

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La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE), determinó otorgar las medidas cautelares por difusión de propaganda ilegal durante el proceso de Revocación de Mandato mediante 183 anuncios espectaculares, 18 casos de propaganda tipo cartel adherida en postes o bardas, 354 bardas pintadas, 74 casos de lonas colocadas en distintas ubicaciones de 30 entidades, 5 casos en unidades de transporte público, sin que se conozca la autoría ni el origen de los recursos empleados para su implementación, lo que pudiera tratarse de una estrategia de publicidad atípica o inusual, con el objetivo de apoyar de manera prohibida en la Constitución al Presidente de México en el proceso de Revocación de Mandato.

La queja fue presentada por los partidos Acción Nacional (PAN), de la Revolución Democrática (PRD) y diversos ciudadanos en contra del partido Morena, la asociación civil Que Siga la Democracia y quien resulte responsable, por la difusión de propaganda ilegal con la imagen del Presidente de la República y leyendas para favorecerlo ante la ciudadanía, durante el ejercicio de Revocación de Mandato que se llevará a cabo el próximo 10 de abril.

La Comisión consideró, bajo la apariencia del buen derecho, estar frente a una posible simulación o campaña orquestada no ciudadana, ya que no se trata de propaganda emitida, generada o difundida, de manera libre, legítima y espontánea por la ciudadanía, lo que afecta el equilibrio y condiciones de equidad para que la población participe y vote de forma libre e informada el día de la jornada.

La propaganda se localizó en los estados de Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Ciudad de México, Chiapas, Chihuahua, Colima, Durango, Estado de México, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas.

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Bajo estos argumentos establecidos, la Comisión ordenó a 111 municipios de distintas entidades federativas, que en un plazo que no exceda de 72 horas, realicen el retiro de la propaganda fijada en equipamiento urbano o en pinta de bardas, que no sean de propiedad privada, identificada con las características descritas en el proyecto.

El Instituto Nacional Electoral ordenó retirar la propaganda a favor del presidente de la República ya que viola los principios, certeza y el derecho fundamental al voto libre e informado.

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La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE), determinó otorgar las medidas cautelares por difusión de propaganda ilegal durante el proceso de Revocación de Mandato mediante 183 anuncios espectaculares, 18 casos de propaganda tipo cartel adherida en postes o bardas, 354 bardas pintadas, 74 casos de lonas colocadas en distintas ubicaciones de 30 entidades, 5 casos en unidades de transporte público, sin que se conozca la autoría ni el origen de los recursos empleados para su implementación, lo que pudiera tratarse de una estrategia de publicidad atípica o inusual, con el objetivo de apoyar de manera prohibida en la Constitución al Presidente de México en el proceso de Revocación de Mandato.

La queja fue presentada por los partidos Acción Nacional (PAN), de la Revolución Democrática (PRD) y diversos ciudadanos en contra del partido Morena, la asociación civil Que Siga la Democracia y quien resulte responsable, por la difusión de propaganda ilegal con la imagen del Presidente de la República y leyendas para favorecerlo ante la ciudadanía, durante el ejercicio de Revocación de Mandato que se llevará a cabo el próximo 10 de abril.

La Comisión consideró, bajo la apariencia del buen derecho, estar frente a una posible simulación o campaña orquestada no ciudadana, ya que no se trata de propaganda emitida, generada o difundida, de manera libre, legítima y espontánea por la ciudadanía, lo que afecta el equilibrio y condiciones de equidad para que la población participe y vote de forma libre e informada el día de la jornada.

La propaganda se localizó en los estados de Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Ciudad de México, Chiapas, Chihuahua, Colima, Durango, Estado de México, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas.

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Bajo estos argumentos establecidos, la Comisión ordenó a 111 municipios de distintas entidades federativas, que en un plazo que no exceda de 72 horas, realicen el retiro de la propaganda fijada en equipamiento urbano o en pinta de bardas, que no sean de propiedad privada, identificada con las características descritas en el proyecto.

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