Veintinueve detenidos a causa de conducir en estado de ebriedad durante el operativo de alcoholímetro implementado el pasado viernes por el departamento de Seguridad Pública Municipal.
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Luego de haber iniciado con este operativo de alcoholemia en diferentes puntos de la ciudad, se logró la detención de 29 personas, quienes conducían bajo los influjos del alcohol, mismos que se retiran de la circulación y son remitidos por faltas administrativas.
Este tipo de operativos se estarán llevando a cabo cada fin de semana, con el fin de reducir los índices de accidentes viales, ya que en primeros meses del año se han incrementado considerablemente estos incidentes.
Así mismo, el mes pasado dio inicio una campaña preventiva tanto de motociclistas como conductores de vehículos, ya que debemos tener mucha precaución y no conducir en estado de ebriedad.
Se exhorta a los parralenses a evitar conducir bajo los influjos del alcohol, ya que tanto arriesgan la vida de otras personas como la de ellos mismos.
En fines de semana pasados donde aún no se implementaban este tipo de operativos se lograba la detención de 14 a 16 personas que conducían con aliento alcohólico o presentaban algún grado de ebriedad.
Es por ello que otras dependencias como Fiscalía General del Estado, Ejército Mexicano y Seguridad Pública Municipal están llevando otros operativos mixtos para persuadir el delito en diferentes sectores de nuestra ciudad.
Es recomendable que si un condutor está ebrio para conducir pueden solicitar apoyo al número de emergencias 911 para ser trasladado hasta su hogar sin necesidad de llegar a ser sancionado o molestado por parte de la autoridad, es por ello que otra de las recomendaciones es tener un conductor designado y así evitar accidentes.
A partir de la publicación de la Ley General de Movilidad en el Diario Oficial de la Federación el miércoles pasado, las entidades federativas tendrán 180 días para analizarla y realizar las adecuaciones a sus respectivos marcos legales a través de los Congresos Estatales.
Aun cuando cada Estado cuenta con sus propias normas en ese ámbito, lo que se plantea es aplicar algunos artículos en toda la República Mexicana, ya sea que se esté en Yucatán, Ciudad de México o Chihuahua.
El uso del alcoholímetro es uno de los aspectos que deberá utilizarse por ley general y la aplicación en los grados de alcoholemia, de tal modo que en todo el país queda prohibido conducir un auto con una alcoholemia superior a 0.25 mg/1 en aire espirado o bien, 0.05 g/dl en sangre.
En el caso de las motocicletas, queda prohibido manejarlas con alcoholemia superior a 0l mg/l en aire espirado ó 0.02 g/dl en sangre.
Además, el uso de casco será obligatorio.
Otro apartado que ha llamado la atención de la Ley General de Movilidad es la regulación de los límites de velocidad, ya que en zonas urbanas no deberán rebasar las siguientes: En calles secundarias y terciarias. 30 km/h; mientras que en avenidas primarias sin acceso controlado, 50 km/h; en carriles centrales de avenidas de acceso controlado, 80 km/h; en carreteras estatales fuera de zonas urbanas, 80 km/h y dentro de zonas urbanas, 50 km/h. Aunque si la carretera es de jurisdicción federal los límites serán 110 km/h para automóviles, 95 km/h para autobuses y 80 km/h para transporte de bienes y mercancías.
Asimismo, el nuevo ordenamiento pretende implementar que solo con examen se obtenga la licencia de conducir y crear un registro nacional de emisión de licencias, lo que permitiría conformar una base de datos de los conductores aplicable en el territorio nacional y evitará que quien haya protagonizado un incidente vial por el cual se le haya cancelado la licencia, pueda tramitarla en otra entidad.
También persiste la prohibición del uso del celular o dispositivos electrónicos mientras se va al volante de un vehículo y si la utilización de dispositivos electrónicos o de comunicación es necesaria para la prestación del servicio de transporte, el artefacto deberá estar debidamente colocado en un sujetador que facilite su manipulación y no obstaculice la visibilidad al conducir.
Por ley, la infraestructura vial no sólo debe ajustarse a señalamientos, semáforos y nomenclaturas, a partir de ahora abarca todas las condiciones requeridas para que las personas que padecen alguna discapacidad física puedan desplazarse de manera segura y óptima con adecuaciones en banquetas para que las sillas de ruedas puedan transitar en las esquinas y en toda su extensión libres de obstáculos, lo que implicará que los autos no pueden estacionarse sobre la banqueta e impedir el libre paso de peatones.