/ miércoles 27 de octubre de 2021

Cumplen 2 años sin abasto de agua en rancho La Esmeralda

A algunos pobladores les llega el servicio una o dos veces por semana, mientras que en las partes altas carecen por completo debido a la presión

Cumplen 2 años sin abasto regular de agua en el rancho La Esmeralda, a algunos les llega solo dos veces por semana, pero en las partes altas carecen por completo del vital líquido por la falta de presión; sin embargo, hay casos donde las personas no están registrados en el padrón de usuarios, por su parte la JMAS índicó que se necesita hacer la solicitud y cumplir con algunos requisitos para poder adquirir su medidor.

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Manifestaron los vecinos de Rancho la Esmeralda que hace aproximadamente dos años no han recibido el suficiente abasto del vital líquido por la falta de presión, varios domicilios no forman parte del padrón de usuarios y por ello no cuentan con un medidor.

El titular de la Junta Municipal de Agua y Saneamiento, José Luis Franco, informó que existen bastantes domicilios con adeudos de hasta los 22 mil pesos, lo que de cierta manera afecta a estos usuarios y no reciben el vital líquido como les corresponde.

Por lo que también informó, que el abasto del agua es indispensable para toda la ciudadanía y que al momento de que las pipas acuden a proporcionarles este vital líquido, no se debe negar en ninguna vivienda, pero sí deben tomar en cuenta que se da “prioridad” a las personas que tienen su recibo al corriente.

Para las personas que no se encuentran registradas en el padrón de usuarios, deberán realizar la solicitud para ser incluidos y tener derecho a un medidor, estas deberán presentarse con la siguiente documentación:

Personas físicas: Plano catastral (copia), copia de identificación oficial del propietario, en casos especiales, si el documento del predio no especifica el número de casa, se requiere copia de constancia de número oficial expedida en Presidencia Municipal.

Personas morales: Plano catastral (copia), documento que acredite la propiedad (original y copia del recibo de predial o escrituras), copia del acta de constitutiva de la empresa, cédula de identificación fiscal, en casos especiales, si el trámite lo realiza alguien distinto a representante legal, requiere carta poder que faculte a quien acude a realizar el trámite y copia de identificación oficial de quien acude.

Cumplen 2 años sin abasto regular de agua en el rancho La Esmeralda, a algunos les llega solo dos veces por semana, pero en las partes altas carecen por completo del vital líquido por la falta de presión; sin embargo, hay casos donde las personas no están registrados en el padrón de usuarios, por su parte la JMAS índicó que se necesita hacer la solicitud y cumplir con algunos requisitos para poder adquirir su medidor.

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Manifestaron los vecinos de Rancho la Esmeralda que hace aproximadamente dos años no han recibido el suficiente abasto del vital líquido por la falta de presión, varios domicilios no forman parte del padrón de usuarios y por ello no cuentan con un medidor.

El titular de la Junta Municipal de Agua y Saneamiento, José Luis Franco, informó que existen bastantes domicilios con adeudos de hasta los 22 mil pesos, lo que de cierta manera afecta a estos usuarios y no reciben el vital líquido como les corresponde.

Por lo que también informó, que el abasto del agua es indispensable para toda la ciudadanía y que al momento de que las pipas acuden a proporcionarles este vital líquido, no se debe negar en ninguna vivienda, pero sí deben tomar en cuenta que se da “prioridad” a las personas que tienen su recibo al corriente.

Para las personas que no se encuentran registradas en el padrón de usuarios, deberán realizar la solicitud para ser incluidos y tener derecho a un medidor, estas deberán presentarse con la siguiente documentación:

Personas físicas: Plano catastral (copia), copia de identificación oficial del propietario, en casos especiales, si el documento del predio no especifica el número de casa, se requiere copia de constancia de número oficial expedida en Presidencia Municipal.

Personas morales: Plano catastral (copia), documento que acredite la propiedad (original y copia del recibo de predial o escrituras), copia del acta de constitutiva de la empresa, cédula de identificación fiscal, en casos especiales, si el trámite lo realiza alguien distinto a representante legal, requiere carta poder que faculte a quien acude a realizar el trámite y copia de identificación oficial de quien acude.

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