A través de la historia, en el Real de Minas se establecieron reglas civiles durante la Semana Santa, desde el armamento de la población para combatir cualquier inconveniente, guardias del Santísimo Sacramento en las diferentes iglesias, hasta nuestros días en donde algunos pobladores activos participan de las celebraciones religiosas y otros tantos viven en la opacidad de una semana común y cotidiana, que aprovechan para vacacionar o disfrutar de momentos de esparcimiento.
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Por medio de documentos bajo custodia del Archivo Histórico se analizó respecto a las celebraciones de Semana Santa, cuyo contenido está resumido en los años 1649, 1780, 1844, 1984 hasta la actualidad.
El 28 de marzo de 1649 el Justicia Mayor Capitán de Guerra, Juan Fernández de Carreón en las Minas de San Joseph del Parral ordenó que en la Semana Santa todos los vecinos y demás personas españolas que se hallaran en el Real de Minas anduvieran en cuerpo, en forma militar para estar dispuestos a todos los casos y cosas que del servicio de su majestad pudieran ofrecer y les ordenó excepto a aquellos que subieren de 60 años para contener y enfrentar los inconvenientes que de lo contrario pudieran resultar en una conformidad.
El documento cita: “Por la presente mando a todos los vecinos españoles de este Real de Minas, suelten las capas y anden en cuerpo con espada y daga y dispuestos a lo que por mí se les ordena so pena de 100 pesos que aplico para gastos de la presente guerra de la cual quedan libres y sin comprenderse en este bando los de esta edad de 60 años”.
El otro documento del 18 de marzo de 1780 corresponde a un mandato de José Gabriel Gutiérrez de la Riva, Justicia Mayor de San José del Parral, San Diego de Minas Nuevas y otras jurisdicciones, en donde cita: “Siendo necesario que en esta Semana Santa se esté con el mayor cuidado y vigilancia posible tanto por haber costumbre en mis antecesores alistar a estos vecinos de esta jurisdicción para que al cargo de los sargentos se les nombren hagan guardia en los días que sean necesarios en la Semana Santa hasta el domingo inmediato de resurrección como así mismo por los repetidos asaltos que se están experimentando de los indios enemigos”.
“Por cuyo motivo se tomó que por lo muy estilizado que de ellos nos vemos suceda en que en estos días en que toda la gente se suma a los oficios divinos y a cumplir con el precepto de nuestra santa madre iglesia, cometa algún nuevo insulto por lo que atendiendo lo referido mando y ordeno a todos los vecinos de esta mi jurisdicción principalmente a todos los alistados estén prontos con sus armas, pólvora y balas a traer guardia y custodia en la iglesia parroquial de este Real en la del Convento de nuestro Padre San Francisco y hospicio de San Juan de Dios, al tiempo y quedando se les mande y fuesen señalados por los sargentos por mí nombrados”.
En 1844 todos los comercios debieron cerrar desde la salida del sol del Jueves Santo hasta el repique de las campanas del Sábado de Gloria
En el Parral decimonónico la celebración de la Semana Santa, particularmente lo que se conoce como el Triduo Pascual, era respetada a tal grado que desde la autoridad local se publicaron una serie de prohibiciones que obligaban a los ciudadanos a guardar compostura durante la jornada religiosa, pues los comercios debían cerrar y la venta o consumo de bebidas alcohólicas se castigaba con severas penas.
Un documento resguardado en el Archivo Histórico de Parral da testimonio que durante la medianía del siglo XIX, en 1844, el Ayuntamiento de la población acordó una reglamentación que rigiera la celebración de los días santos, entrando en vigencia a partir de la salida del sol del Jueves Santo hasta el repique de campanas del Sábado de Gloria.
En esta eventualidad, el comercio y las tiendas de ropa debieron cerrar sus puertas sin pretexto alguno, pues en caso de omitir tal ordenamiento sus propietarios serían multados con una cifra onerosa que varíaba de entre uno a cinco pesos. Los únicos establecimientos que tenían permitido abrir al público eran aquellos que se dedicaran a la venta de comestibles.
Aunado a ello se prohibió la venta de licores embriagantes bajo la pena de cárcel y una respectiva multa. Incluso el Ayuntamiento dictó que todo aquel que fuera sorprendido en estado de ebriedad durante los días santos debía ser multado.
En 1984 al celebrarse la Semana Santa y aprovechando que no hubo clases para los escolares, desde el miércoles cientos de familias empezaron a salir de la ciudad de tal forma que para los que no salieron fue mucho problema conseguir tiendas abiertas, a los boleros les disminuyó la clientela, y el transporte urbano también se vio afectado.
Hay tradiciones que exigen silencio total durante la Semana Santa, no se realizaba ninguna actividad doméstica ni laboral con la intención de acompañar a Jesús en su soledad y silencio durante su pasión y muerte.
Del año 2000 a la fecha gran parte de la población vive en la opacidad, pues muchos salen a vacacionar ya que es día de asueto oficial, otros deciden quedarse en casa para descansar de un día libre y otros tantos activos acompañan a Jesús desde el Domingo de Ramos hasta el Domingo de Resurrección.
Jesús desde el tiempo de Cuaresma aguardó por quien le reconoce como Rey, aun y con su dolor vuelve en cada Eucaristía a inmolarse por cada uno de sus hijos, lo único que desea es que sus corazones se vuelvan a Él.