Agotará Municipio instancias para inconformarse ante convenio “Leonino”,con el Tribunal Superior de Justicia del Estado. El secretario del Ayuntamiento de Parral, Alberto Tarín, destacó luego de la lectura de sentencia de un juicio ordinario civil que promovió el Tribunal Superior de Justicia del Estado en contra del Municipio, relacionado con el inmueble ubicado en la colonia Américas, que no ha quedado firme ninguna sentencia y que dicho convenio es carente de personalidad jurídica y con irregularidades en el procedimiento.
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El Ayuntamiento de Hidalgo del Parral informó que agotará las instancias necesarias para inconformarse ante la reciente lectura de sentencia de un juicio ordinario civil que promovió el Tribunal Superior de Justicia del Estado en contra del Municipio, relacionado con el inmueble ubicado en la colonia Américas.
Lo anterior fue expuesto por medio de un comunicado de prensa emitido por la Presidencia Municipal de Parral, donde el Secretario del Ayuntamiento, Alberto Tarín Pérez informó que el convenio fue firmado en el año 2016.
Dicho convenio promovido por el Tribunal Superior de Justicia del Estado, asegura el edil, que está carente de personalidad de todas las partes intervinientes, en virtud de lo siguiente:
Por parte del Tribunal Superior de Justicia del Estado fue firmado por el entonces Presidente, Gabriel Sepúlveda Reyes, quien no tenía acreditada su personalidad, ya que el Consejo de la Judicatura por parte del Pleno no lo autorizó para poder firmar dicho convenio.
Por parte de la Secretaría de Haciendo, el titular, Jaime Herrera Corral no contaba con la aprobación del Comité de Patrimonio, a fin de poder enajenar o disponer de los bienes del estado.
Por parte del Municipio, tampoco tenía personalidad, ya que el entonces Miguel Jurado Contreras no tenía la aprobación de Cabildo a fin de celebrar dicho convenio, ya que se trata de un tema sumamente trascendental.
“De la misma manera, se pudo detectar que en ningún momento se llamó a Gobierno del Estado, a pesar de que era parte involucrada dentro del convenio y era a quien le correspondía garantizar de manera administrativa y/o jurídica el cumplimiento y en este caso, el Tribunal omitió dicha cláusula, actuando por sus propios medios sin tener acreditada tal legitimización”, aseveró.
En ese sentido, otra irregularidad es que dentro del procedimiento, el Tribunal dejó de actuar por más de 120 días hábiles, en dicha circunstancia es reconocida por el mismo Código de Procedimientos Civiles del Estado, que es una caducidad de instancia que opera de oficio y es de orden público; por lo tanto el juez debió de haber decretado la caducidad de la instancia y haberlo concluido.
Fue apenas el 26 de octubre de 2023 que se dio lectura a esta sentencia y por lo tanto, no ha quedado firme, es por ello, que se habrá de agotar las instancias para inconformarse.
Es importante mencionar, la parcialidad que se denotó dentro del procedimiento por parte del juez, ya que fue omiso en varias cuestiones favoreciendo al Tribunal, pues actuó como juez y parte en perjuicio del Municipio de Parral.