Luego de más de 12 horas de audiencia, el Juez Federal de la causa penal 235/23, Juan José Chávez Montes, resolvió dictar la vinculación a proceso de Eduardo A.M., y de Juan Carlos M.C., en tanto, que ordenó la no vinculación de Cecilia R.T., y decretó su libertad en cuanto se cumplan los trámites administrativos correspondientes.
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Lo anterior como parte del proceso que se sigue en contra de los ahora dos vinculados, empleados de la delegación del Instituto Nacional de Migración, quienes aparecen como presuntos responsables materiales por omisión del incendio que se presentó el pasado 27 de marzo en la estación migratoria, incendio que ocasionó la muerte de 40 migrantes y arrojó un total de 27 lesionados.
La audiencia dio inicio ayer martes a las 15:00 horas y concluyó la madrugada de este miércoles a las 3:20 horas y en la misma el Juez decretó no vincular a proceso a Cecilia R.T., toda vez que la agente del Ministerio Público Federal no pudo comprobar que la adscripción de la funcionaria correspondía a esta ciudad, además que el día de los hechos la empleada se encontraba en el poblado de Janos que es donde está su centro laboral de adscripción.
En caso de Carlos M., y Eduardo A.M., se decretó un plazo de 4 meses para llevar a cabo la investigación complementaria, misma que podrá extenderse hasta 6 meses, pero no podrá exceder de dicho termino.
Los delitos por los que fueron vinculados Eduardo y Juan Carlos fueron homicidio a título de dolo, lesiones y ejercicio indebido del servicio público, delitos que ameritan que continúen en prisión.
Al inicio de la audiencia los abogados defensores presentaron una serie de pruebas a efecto de añadir elementos que apoyarán la defensa de sus clientes, pruebas que el Ministerio Publico se encargó de señalar cómo impertinentes y varías de ellas fueron desechadas.
Como parte de la defensa de Eduardo A.M., se presentó al perito en criminalística Luis Fermín Cal y Mayor Rodríguez Familiar, mismo que se hizo cargo de compartirle al Juez un peritaje que efectuó sobre un vídeo que se grabó al interior de la estación migratoria el día de los hechos.
El MPF se hizo cargo de interrogar al perito por espacio de un poco más de media hora, poniendo en evidencia algunas fallas e inconsistencias que el perito cometió mientras llevó a cabo el peritaje y algunas contradicciones en torno a las horas de grabación que analizó y la metodología que siguió para llevar a cabo dicho peritaje.
Luego de desahogadas las pruebas y alegatos dentro de la audiencia, el juez Chávez Montes señaló todas las conductas omisas en qué incurrieron los ahora vinculados, en el caso de Juan Carlos M. señaló la omisión de no haber supervisado que la comisión interna de protección civil que debía operar en la estación migratoria, realmente nunca tuvo una supervisión y este fue un factor determinante para que a la hora del incendio, tanto los guardias privados como el personal del INM , no supieran como accionar ni que hacer para tratar de salvar la vida de los migrantes.
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En el caso de Eduardo A.M., encargado de recursos materiales, se le señaló la conducta omisa de no haber dado agua a los migrantes ahí resguardados, además de destacar que él fue quien giró la orden de que se les diera agua de la llave, instrucción que quedó registrada en una grabación que se hizo de la llamada al celular de uno de los supervisores de seguridad privada.
Publicada en El Heraldo de Juárez