De no recibir el pago de utilidades de las empresas, que tiene como fecha límite el mes de mayo, los trabajadores deben acudir al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral para interponer su solicitud de conciliación.
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“Nosotros estamos a la expectativa ahí, todavía falta la mitad del mes de mayo, en caso de que los trabajadores no reciben sus utilidades o crean ellos que estas están muy por debajo de la realidad por la que pasa la empresa también pueden acudir con nosotros, el Centro Federal allá en Juárez está en Boulevard Gómez Morín número 7045, piso 3, en un horario de 9:00 a 18:00 horas, de lunes a viernes”, explicó Enrique Zertuche Morales, director de la dependencia.
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Destacó que todos los servicios que ofrece el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral son gratuitos y son para apoyar a cualquier trabajador, en una orientación, asesoría o cuantificación.
“Todo el mes de mayo tienen las empresas para cumplir con esta obligación constitucional que nos marca el artículo 123, es una responsabilidad que tienen todos los empleadores con sus trabajadores de repartir el 10 por ciento de las ganancias del año anterior”, explicó.
“Repartirlas en dos partes, una de acuerdo al tiempo laborado de cada trabajador, pero de manera igualitaria entre todos y la otra es de acuerdo a los salarios que tenía cada trabajador, son las dos formas en que se reparte el 10 por ciento de esas ganancias de esa empresa”, añadió.
Enrique Zertuche Morales, director de la dependencia, mencionó que únicamente tienen que tener 60 días los trabajadores para poder recibir las utilidades.
“Fueron pocas, en realidad en el año anterior, unas 10, 20 solicitudes de conciliación, por las utilidades 2022, pocas aperturas de solicitudes de conciliación”, informó.
Explicó “llega un trabajador por caso de utilidades, dice no me dieron utilidades, como me pueden ayudar, nosotros lo que hacemos es comentarles que vamos a llamar al patrón para una audiencia de conciliación, en menos de 15 días nos sentamos, un abogado conciliador del Centro Federal junto con el trabajador y con el representante legal de la empresa”.
“En este caso, el representante legal tiene que exhibir la carátula fiscal de la empresa en el ramo de utilidades y ahí, si aparece que no obtuvo utilidades la empresa, obviamente no se darían, pero si aparecen que si tuvieron utilidades la empresa, les decimos que tienen que repartir a ese trabajador”, agregó.
Nota publicada originalmente en El Heraldo de Juárez