Las aseguradoras cubrirán gastos médicos en personas que contraigan el Covid-19, que cuenten con una póliza, debido a una disposición de la Secretaría de Hacienda y la Comisión Nacional de Seguros y Finanzas, lo que antes no ocurría.
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El licenciado Mauricio Carrera, agente de seguros, indicó que por una disposición de la Secretaría de Hacienda del Gobierno Federal y de la Comisión Nacional de Seguros y Finanzas, llegaron al acuerdo que todas las aseguradoras contemplen en sus pólizas de gastos médicos la cobertura de epidemias y pandemias, que originalmente eran excluidas de los contratos.
Indicó que en términos generales, los seguros de gastos médicos en tiempos de pandemia no eran cubiertos, consideró que sí se ha tenido interés por parte de las personas en informarse de los seguros de gastos médicos; sin embargo, no se han tenido ventas de ellos, solamente la gente que ya los tenía contratados con anterioridad, son los que contaban con la cobertura del Coronavirus.
Dijo que debido a esta pandemia, toda póliza de seguro por gastos médicos van a ser cubiertos por las aseguradoras, en un plazo de 30 días después de su contratación; sin embargo, no es aplicable para nuevos asegurados con enfermedades crónico-degenerativas como por ejemplo, la diabetes o alguna enfermedad grave como el cáncer.
Dijo que a la hora de la contratación, es importante que en la entrevista con la persona sean honestos y declaren el tipo de enfermedades que padecen, ya que para hacer efectiva la póliza, debe de no contar con estas enfermedades.
Las personas aseguradas con anterioridad, que ya cuentan con una póliza de gastos médicos y han continuado pagando sus contrataciones de las pólizas, si serán cubiertos por la pandemia, consideró que si es importante que la gente cuente con un seguro de este tipo, ya que de presentarse un enfermo no hay camas suficientes en los hospitales del sector salud y se necesitaría la atención de un servicio privado.
Señaló que el seguro de gastos médicos cubre generalmente todas las enfermedades, dijo que las pólizas de gastos médicos esta basados en la ley, como la Ley del Seguro Social, la Ley General del trabajo, entre otras. Cabe señalar que si la persona ya se encuentra enferma, no se va a cubrir los gastos por esta enfermedad, solo se cubre toda enfermedad que pueda el cliente contraer tiempo después de haber adquirido la póliza del seguro.
Por ejemplo hay enfermedades que se van cubriendo conforme pasan los años ya que no son visibles a la vista y son asintomáticas; es decir, estar enfermo sin saberlo, por ejemplo, el tumor de un cáncer que no presenta síntomas a la persona y se contrata la póliza del seguro de gastos médicos y a los seis meses la persona intenta cobrarlo, pero no se le va a pagar, porque cuando contrató el seguro, ya tenía la enfermedad.
Por ejemplo, el cáncer de mama tienen que pasar dos años después de contratarse la póliza, para poder hacer válido el seguro de la póliza.