Una juez de control vinculó a proceso a Enrique L.A. alias "El Cumbias" y a Patricia T.V. por los presuntos delitos de portación de armas de fuego de uso exclusivo del Ejército y por delitos contra la salud.
Lo anterior, luego de que el pasado 21 de diciembre los dos imputados fueron detenidos tripulando un vehículo con reporte de robo, en donde se les aseguraron dos armas de fuego calibre 9mm así como envoltorios con cocaína.
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Por los calibres de las armas, se determinó vincular a proceso por portación de armas de uso exclusivo del Ejército, mientras que al determinar que los envoltorios de cocaína contenían 3 mil 360 miligramos, cantidad que rebasa los 500 miligramos permitidos por la ley, también se vinculó a proceso por delitos contra la salud.
La juez de control aceptó las evidencias presentadas por la representación social de la Fiscalía General del Estado, y giró el auto de vinculación a proceso, dictando como plazo para el desahogo de la investigación, un periodo de dos meses.
Una vez resuelto lo antes mencionado, la juez de control se declaró incompetente por la naturaleza de los dos delitos que se les imputan, y delegó el asunto a un juzgado federal, por lo que el caso continuará en el fuero federal.
Lo anterior, debido a que la portación de armas de uso exclusivo del Ejército, así como los delitos contra la salud, son de índole federal, motivo por el cual fueron vinculados por esos dos delitos, dejando de lado la acusación del robo de vehículo, pues éste último corresponde al fuero común y la Ley de Procedimiento Penales establece que, en ese tipo de casos, se enlistan los delitos de mayor gravedad para dar seguimiento a las etapas procesales.
Durante la audiencia, la defensa de Enrique L.A. alias "El Cumbias", buscó anular el proceso bajo el argumento de que existían varias inconsistencias entre la declaración de los agentes que realizaron la detención, el reporte oficial del MP y las evidencias de la defensa.
En este sentido, el defensor señala que el arma no la portaba Enrique L.A. sino que estaba dentro del vehículo en un área específica, y refirió que la hora en que se le marcó el alto al vehículo en que viajaban, no coincide con la hora en que se llevó a cabo la detención, por lo que son inconsistencias que deben ser tomadas en cuenta.
Ante este argumento, la juez de control señaló que eran diferencias mínimas que no alteran la naturaleza de los delitos que se les imputan, por lo que decidió dictar el auto de vinculación a proceso.
Nota publicada originalmente en El Heraldo de Chihuahua