De acuerdo a la maestra Mónica Abdo, jefa de Departamento de Cultura Vial de la Subdirección de la Policía Vial, las licencias emitidas en otros estados; así como las extranjeras, son válidas para manejar en la entidad, siempre y cuando estén vigentes.
➡️ Únete al canal de WhatsApp de El Sol de Parral
En este sentido, destacó que mientras las conductoras o conductores respeten el reglamento de vialidad y tengan la licencia vigente, podrán circular en la entidad., siempre y cuando su licencia esté vigente.
Lo anterior está fundamentado en el artículo 56 de la Ley de Vialidad y Tránsito, el cual dice lo siguiente: Las personas que tengan licencia para conducir expedida por autoridades de otras entidades.
Federativas, del Distrito Federal o del extranjero podrán conducir vehículos en las vías públicas, siempre que correspondan al tipo de vehículos de que se trate, a excepción del servicio público de transporte estatal.
En caso de que la persona que cuenta con una licencia de conducir de otra entidad u otro país y quiera tramitar el documento local, deberá de presentar lo siguiente, de acuerdo al artículo 53.
Requisitos para obtener licencia de conducir
Para obtener la licencia de conducir en cualesquiera de sus modalidades, se requiere que el aspirante reúna, cuando menos, los siguientes requisitos:
1. Tener dieciocho años cumplidos al momento de la solicitud;
2. Saber leer y escribir;
3. Aprobar el examen de aptitudes en la conducción, que incluya conocimientos teóricos y prácticos
a través de un examen presencial ante peritos de tránsito terrestre de la Dirección de Vialidad y
Tránsito
4. Aprobar el examen médico de aptitudes físicas y mentales para la conducción, además cuando
se trate de expedición de licencia de chofer de servicio público, el examen médico incluirá uno de
tipo toxicológico
5. Tomar el curso de manejo preventivo que para tal efecto impartan las autoridades de Tránsito, y
6. Ser residente de la localidad donde la solicite.
La funcionaria explicó que, para realizar el trámite correspondiente para el extranjero:
-Licencia extranjera física
-Acreditar el examen teórico y práctico
-Comprobante de domicilio (no mayor a 3 meses)
-Pasaporte del país de origen
-Permiso migratorio permanente o temporal
La única salvedad es cuando son turistas, es decir, que solo están de vacaciones o de paso.
Nota original: El Heraldo de Chihuahua