/ martes 13 de octubre de 2020

Bajan más del 30% los feminicidios en la región sur

Explica la Fiscalía General del Estado en qué circunstancias se cataloga de esa manera  

De acuerdo con estadísticas de la Fiscalía General del Estado (FGE) zona sur, en nuestra región de nueve asesinatos hacia mujeres cometidos este año, solamente uno ha sido considerado feminicidio. En 2019 fueron cinco.

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En el periodo de enero a septiembre de este año, en la región sur del estado se han registrado al menos nueve homicidios en contra de mujeres; uno en enero, uno en marzo, tres en junio, uno en julio y tres en agosto. Lo que representa 35.8 por ciento menos que el año pasado, cuando se presentaron 14 homicidios de esta índole.

Sin embargo, por la naturaleza en la que estos asesinatos se han presentado, sólo uno de ellos ha sido considerado como feminicidio, suscitado en el pasado mes de junio, aunque por razones para no entorpecer la carpeta de investigación que permanece aún abierta y la delicadeza del tema, la Fiscalía General del Estado se reservó los detalles.

CÓMO SE CATALOGAN

Según explicaron, la razón por la que sólo este caso ha sido considerado como tal, es porque cumple con las características de un feminicidio que, en base al Código Penal Federal, tipificado en el artículo 325, señala que se considera que existen razones de género cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

Que la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo. A la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia. Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima. Que haya existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza. Existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima, que haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida. El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.

Estas razones fueron por las que sólo uno de los nueve homicidios contra mujeres ha sido catalogado como “razones de género” y la investigación en torno a los hechos continúa en investigación.

Cabe destacar que en el año 2019 hubo un total de 14 casos de homicidio contra mujeres, de los cuales cinco fueron catalogados como feminicidio.

De acuerdo con estadísticas de la Fiscalía General del Estado (FGE) zona sur, en nuestra región de nueve asesinatos hacia mujeres cometidos este año, solamente uno ha sido considerado feminicidio. En 2019 fueron cinco.

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En el periodo de enero a septiembre de este año, en la región sur del estado se han registrado al menos nueve homicidios en contra de mujeres; uno en enero, uno en marzo, tres en junio, uno en julio y tres en agosto. Lo que representa 35.8 por ciento menos que el año pasado, cuando se presentaron 14 homicidios de esta índole.

Sin embargo, por la naturaleza en la que estos asesinatos se han presentado, sólo uno de ellos ha sido considerado como feminicidio, suscitado en el pasado mes de junio, aunque por razones para no entorpecer la carpeta de investigación que permanece aún abierta y la delicadeza del tema, la Fiscalía General del Estado se reservó los detalles.

CÓMO SE CATALOGAN

Según explicaron, la razón por la que sólo este caso ha sido considerado como tal, es porque cumple con las características de un feminicidio que, en base al Código Penal Federal, tipificado en el artículo 325, señala que se considera que existen razones de género cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

Que la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo. A la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia. Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima. Que haya existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza. Existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima, que haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida. El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.

Estas razones fueron por las que sólo uno de los nueve homicidios contra mujeres ha sido catalogado como “razones de género” y la investigación en torno a los hechos continúa en investigación.

Cabe destacar que en el año 2019 hubo un total de 14 casos de homicidio contra mujeres, de los cuales cinco fueron catalogados como feminicidio.

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