/ jueves 5 de septiembre de 2024

¿Usas tarjeta de crédito? El SAT podría multarte por estas razones

El tarjetahabiente debe cuidar que sus compras en ciertas tiendas departamentales no superen los ingresos declarados ante el SAT; si hay caso omiso la autoridad fiscal puede obligar a pagar un gravamen extra

En la actualidad ya es muy común el uso de la tarjeta de crédito que el usuario tiene de acuerdo al banco de su preferencia y las facilidades que le dé para el uso y compromisos de pago. Las tarjetas más comunes son la de débito y créditos comerciales.

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La tarjeta de crédito -dinero plástico-, es un instrumento financiero que le sirve al usuario como medio de pago y para obtener un crédito. La institución bancaria como emisora concede al cliente, mediante un contrato, una línea de crédito revolvente (en cuanto pagas la deuda vuelves a obtener ese dinero para su uso), hasta por un importe determinado al cual se le conoce como “límite de crédito”.

Sin embargo, de acuerdo con la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), cuando se ofrece una tarjeta de crédito, el usuario debe entender principalmente conceptos como fecha e inicio que comprende el ciclo en el que puede usar el plástico, el cual oscila entre los 30 y 31 días.

Otro concepto muy importante que debe tomar en consideración el cuentahabiente, es la fecha límite de pago para no caer en morosidad, la cual es generalmente 20 días naturales a partir de la fecha de corte, además del pago mínimo; es decir, la cantidad que se debe aportar al banco para no caer en la morosidad.

Por lo anterior, para no generar intereses debes liquidar puntualmente, lo cual puede incluir alguna promoción que en este caso haga el banco para los clientes cumplidos, quienes tienen la capacidad de darle un manejo sabio y adecuado a su dinero plástico.

Lo que debes tomar en cuenta

En este contexto, algo que se debe tomar en cuenta es que si usas una tarjeta de crédito el SAT podría multarte por algunas razones que debes conocer como usuario.

Al respecto, hace días el Servicio de Administración Tributaria (SAT) emitió una alerta para los usuarios de algunas tarjetas que ofrecen tiendas departamentales, ya que pueden ser sancionados por la autoridad fiscal al utilizarlas; ante esto, se hizo un llamado a los contribuyentes para poner atención y cuidar el cumplimiento de sus obligaciones.

Foto: Archivo / OEM

La autoridad fiscal ha realizado cambios en los últimos meses con el objetivo de regular la situación del contribuyente, para evitar la evasión y lograr un mayor cumplimiento de las obligaciones. Por lo anterior, ha puesto en marcha ciertas multas para los que incumplan o tengan alguna irregularidad fiscal.

Así, ha emitido una advertencia para los usuarios de tarjetas de crédito otorgadas por ciertas tiendas, ya que será importante que quienes las tengan se adecúen a utilizarlas de acuerdo a la normativa vigente.

El aviso tiene la intención de evitar que los clientes incurran en irregularidades fiscales porque es un tema que se debe cuidar, pese a que la normatividad de dichos plásticos sea diferente a los tradicionales. Los usuarios de dichas tarjetas deberán cuidar que sus compras no superen los ingresos declarados ante el SAT. Pero en caso de que la autoridad fiscal detecte que los gastos del cliente superen sus ingresos mensuales, podría aplicar una multa o en su caso obligar a pagar un gravamen extra.

Foto: Anete Lusin / Pexels.com


Esta advertencia emitida va principalmente para los usuarios de las tarjetas de crédito de algunas tiendas. Es importante que quienes tengan esos plásticos atiendan la normatividad vigente y evitar caer en alguna irregularidad fiscal. Este es un tema que debe cuidarse puntualmente.

“Dinero plástico” peligroso…

Tomando en cuenta la anterior explicación, es importante no dejar pasar que estos plásticos son solicitados en tiendas departamentales y no en los bancos tradicionales, y por ello ofrecen variedad de ofertas con su uso, entre ellos “descuentos exclusivos”, compras a meses sin intereses en sus tiendas, incluso con un crédito pre-aprobado.

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Para evitar caer en estas situaciones que seguramente traerán un “dolor de cabeza” para el tarjetahabiente, se deben ponderar y tomar en cuenta las modificaciones que realiza la autoridad fiscal, evitar faltas y no provocar un problema mayor que sólo afectará al contribuyente.


En la actualidad ya es muy común el uso de la tarjeta de crédito que el usuario tiene de acuerdo al banco de su preferencia y las facilidades que le dé para el uso y compromisos de pago. Las tarjetas más comunes son la de débito y créditos comerciales.

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La tarjeta de crédito -dinero plástico-, es un instrumento financiero que le sirve al usuario como medio de pago y para obtener un crédito. La institución bancaria como emisora concede al cliente, mediante un contrato, una línea de crédito revolvente (en cuanto pagas la deuda vuelves a obtener ese dinero para su uso), hasta por un importe determinado al cual se le conoce como “límite de crédito”.

Sin embargo, de acuerdo con la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), cuando se ofrece una tarjeta de crédito, el usuario debe entender principalmente conceptos como fecha e inicio que comprende el ciclo en el que puede usar el plástico, el cual oscila entre los 30 y 31 días.

Otro concepto muy importante que debe tomar en consideración el cuentahabiente, es la fecha límite de pago para no caer en morosidad, la cual es generalmente 20 días naturales a partir de la fecha de corte, además del pago mínimo; es decir, la cantidad que se debe aportar al banco para no caer en la morosidad.

Por lo anterior, para no generar intereses debes liquidar puntualmente, lo cual puede incluir alguna promoción que en este caso haga el banco para los clientes cumplidos, quienes tienen la capacidad de darle un manejo sabio y adecuado a su dinero plástico.

Lo que debes tomar en cuenta

En este contexto, algo que se debe tomar en cuenta es que si usas una tarjeta de crédito el SAT podría multarte por algunas razones que debes conocer como usuario.

Al respecto, hace días el Servicio de Administración Tributaria (SAT) emitió una alerta para los usuarios de algunas tarjetas que ofrecen tiendas departamentales, ya que pueden ser sancionados por la autoridad fiscal al utilizarlas; ante esto, se hizo un llamado a los contribuyentes para poner atención y cuidar el cumplimiento de sus obligaciones.

Foto: Archivo / OEM

La autoridad fiscal ha realizado cambios en los últimos meses con el objetivo de regular la situación del contribuyente, para evitar la evasión y lograr un mayor cumplimiento de las obligaciones. Por lo anterior, ha puesto en marcha ciertas multas para los que incumplan o tengan alguna irregularidad fiscal.

Así, ha emitido una advertencia para los usuarios de tarjetas de crédito otorgadas por ciertas tiendas, ya que será importante que quienes las tengan se adecúen a utilizarlas de acuerdo a la normativa vigente.

El aviso tiene la intención de evitar que los clientes incurran en irregularidades fiscales porque es un tema que se debe cuidar, pese a que la normatividad de dichos plásticos sea diferente a los tradicionales. Los usuarios de dichas tarjetas deberán cuidar que sus compras no superen los ingresos declarados ante el SAT. Pero en caso de que la autoridad fiscal detecte que los gastos del cliente superen sus ingresos mensuales, podría aplicar una multa o en su caso obligar a pagar un gravamen extra.

Foto: Anete Lusin / Pexels.com


Esta advertencia emitida va principalmente para los usuarios de las tarjetas de crédito de algunas tiendas. Es importante que quienes tengan esos plásticos atiendan la normatividad vigente y evitar caer en alguna irregularidad fiscal. Este es un tema que debe cuidarse puntualmente.

“Dinero plástico” peligroso…

Tomando en cuenta la anterior explicación, es importante no dejar pasar que estos plásticos son solicitados en tiendas departamentales y no en los bancos tradicionales, y por ello ofrecen variedad de ofertas con su uso, entre ellos “descuentos exclusivos”, compras a meses sin intereses en sus tiendas, incluso con un crédito pre-aprobado.

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Para evitar caer en estas situaciones que seguramente traerán un “dolor de cabeza” para el tarjetahabiente, se deben ponderar y tomar en cuenta las modificaciones que realiza la autoridad fiscal, evitar faltas y no provocar un problema mayor que sólo afectará al contribuyente.


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