Cuando un trabajador muere su familia tiene derecho a quedar amparada con una pensión al ser dependiente económico, pero ¿es posible que los padres de un trabajador fallecido puedan obtener este beneficio? La respuesta es sí, esta prestación se llama pensión de ascendientes y es un beneficio social que ofrece el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), destinado a apoyar económicamente a los padres de un asegurado o pensionado fallecido. Este tipo de pensión forma parte de las prestaciones que el IMSS brinda para proteger a las familias de los trabajadores en caso de fallecimiento, especialmente cuando no existen otros beneficiarios directos como cónyuge o hijos. En muchos casos, los padres mayores dependen económicamente de sus hijos, por lo que esta pensión es garantizará su bienestar económico tras la pérdida de su ser querido.
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Este programa de pensión tiene como base las leyes del Seguro Social en México, donde se busca asegurar que los ascendientes no queden desprotegidos ante una eventualidad como la muerte de un hijo o hija que solía sostener el hogar. El acceso a esta prestación depende de varios requisitos legales que buscan garantizar que realmente existía una dependencia económica y un vínculo filial, evitando malentendidos o solicitudes sin fundamento. Es una manera en la que el IMSS asegura que los derechos de los trabajadores fallecidos se extiendan a sus padres, cuando estos más lo necesitan.
Como ya lo mencionamos, la pensión de ascendientes es un beneficio destinado a los padres del asegurado o pensionado fallecido. Esta pensión se concede siempre y cuando el fallecido no haya tenido cónyuge, concubina o hijos con derecho a la pensión. El objetivo de este apoyo es garantizar un ingreso a los padres que dependían económicamente de su hijo o hija antes de su fallecimiento.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar la pensión?
Para solicitar la pensión de ascendientes, es indispensable cumplir con ciertos requisitos, tanto del asegurado fallecido como de los solicitantes. Entre los principales requisitos están:
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- Acreditar el vínculo filial: Los solicitantes deben probar que son los padres biológicos o adoptivos del asegurado fallecido.
- Dependencia económica: Los padres deben demostrar que dependían económicamente de su hijo fallecido.
- Ausencia de otros beneficiarios con derecho a pensión: Es indispensable que el fallecido no tuviera cónyuge, concubina o hijos con derecho a la pensión.
Además, si el fallecimiento del asegurado ocurrió por una causa no relacionada con un riesgo de trabajo, el asegurado debe haber acumulado al menos 150 semanas de cotización al momento de su muerte.
¿Cómo es el proceso para la solicitud de la pensión de ascendientes?
Para iniciar el trámite de la pensión de ascendientes, los solicitantes deben reunir algunos documentos y presentarlos en las ventanillas del Control de Prestaciones de la Unidad de Medicina Familiar correspondiente y son los siguientes.
- Identificación oficial vigente.
- Comprobante de domicilio no mayor a 90 días de antigüedad.
- Documento bancario que incluya el número de cuenta y la CLABE interbancaria a nombre del solicitante.
- Acta de nacimiento del asegurado fallecido y del solicitante.
Consideraciones adicionales que debes tener en cuenta
Si el asegurado falleció como consecuencia de un riesgo de trabajo, no es necesario cumplir con las 150 semanas de cotización. En este caso, el IMSS requiere el dictamen de incapacidad permanente o defunción por riesgos de trabajo (ST-3), emitido por los Servicios de Salud en el Trabajo. Este documento confirma que el deceso fue ocasionado por el riesgo laboral, lo cual agiliza el trámite de la pensión.
En algunos casos, es necesario presentar documentación extra, como una resolución judicial que acredite la dependencia económica de los padres hacia el fallecido. Además, si el asegurado estaba pensionado por incapacidad permanente y falleció por una causa no relacionada con su trabajo, será necesario acreditar que la pensión no duró más de cinco años.
El trámite debe realizarse de manera presencial en las oficinas del IMSS. Las ventanillas de atención brindan atención de lunes a viernes, de 8:00 a 15:00 horas. Una vez que se cuente con toda la documentación, se procede a la firma de la solicitud. Cabe destacar que todos los trámites son gratuitos y cualquier duda puede resolverse llamando al Centro de Contacto del IMSS.
Es importante que los solicitantes se aseguren de contar con todos los documentos en regla para evitar retrasos en el proceso. El trámite puede parecer complejo debido a la cantidad de requisitos, pero con una correcta preparación y asesoría, puede realizarse de manera efectiva.