/ viernes 16 de septiembre de 2022

¿Cuál es la multa por faltar el respeto a los símbolos patrios?

La ley es clara, quien falte el respeto a los símbolos patrios mexicanos tendrá serios problemas

Si algo caracteriza a los mexicanos, es su amor por los símbolos patrios, no obstante, no falta el gracioso o imprudente que suele falta el respeto, ya sea al himno nacional o a la bandera, pero lo que no saben es que esto les podría traer problemas con ley

Los símbolos patrios representan los valores supremos de México, por ello es de suma importancia que se les otorgue un trato honorable y respetuoso, razón por la que estos están protegidos por las leyes mexicanas.

Te puede interesar: No solo es 'Cielito Lindo', ¿qué canciones son las más usadas en estas fiestas patrias?

Podrías cometer una falta sin saberlo

Resulta que no solo por maltratar físicamente alguna bandera o cambies la letra del himno por palabras obscenas, pues hay faltas que podrías cometer por ignorancia.

El Diario Oficial de la Federación de febrero 1984 se publicó la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacional, en la que se indica que todos los y las mexicanas deben respetar y rendir honores a los símbolos patrios. El texto en cuestión establece:

“Si la infracción se comete con fines de lucro, la multa podrá imponerse hasta por el equivalente a mil veces el salario mínimo. Procederá la sanción de decomiso para los artículos que reproduzcan ilícitamente el Escudo, la Bandera, o el Himno Nacionales.”

Sin embargo, en ninguno de los dos textos se dan especificaciones sobre en qué consisten los ultrajes a los símbolos patrios, aunque sí se especifica lo que procede en caso de la reproducción ilícita.

En la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacional se prohíbe la modificación de los símbolos patrios, así como su reproducción con fines de lucro. Puedes consultar el texto completo en el siguiente enlace, en el que se detallan las características que deben cumplir los símbolos patrios para que su reproducción sea la correcta.

Las faltas que son penadas son:

  • Alterar o modificar las características de la bandera nacional establecidas.
  • Utilizar el escudo nacional sin autorización.
  • Inscribir en la bandera nacional la denominación o razón social de instituciones sin previa autorización, así como el nombre de personas físicas para promover su imagen, bienes o servicios.
  • Comercializar ejemplares de la bandera nacional que contengan cualquier tipo de inscripciones.
  • Portar la banda presidencial.
  • Alterar la letra o música del Himno Nacional ya sea con composiciones o arreglos o con fines de lucro.

Mira también: De dulce, rajas y chile colorado: Diferentes tipos de tamales, desde Yucatán hasta Chihuahua

¿Puedo ir a prisión por faltarle el respeto a los símbolos patrios?

Es seguro que aquel que no respete los símbolos patrios recibirá una fuerte multa económica de hasta los 170 mil pesos, sin embargo, si la falta es grave, podría ser penado con prisión.

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De acuerdo al artículo 192 del mismo código indica que “al que haga uso indebido del escudo, insignia o himno nacionales, se le podría aplicar de tres días a un año de prisión.

Si algo caracteriza a los mexicanos, es su amor por los símbolos patrios, no obstante, no falta el gracioso o imprudente que suele falta el respeto, ya sea al himno nacional o a la bandera, pero lo que no saben es que esto les podría traer problemas con ley

Los símbolos patrios representan los valores supremos de México, por ello es de suma importancia que se les otorgue un trato honorable y respetuoso, razón por la que estos están protegidos por las leyes mexicanas.

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Podrías cometer una falta sin saberlo

Resulta que no solo por maltratar físicamente alguna bandera o cambies la letra del himno por palabras obscenas, pues hay faltas que podrías cometer por ignorancia.

El Diario Oficial de la Federación de febrero 1984 se publicó la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacional, en la que se indica que todos los y las mexicanas deben respetar y rendir honores a los símbolos patrios. El texto en cuestión establece:

“Si la infracción se comete con fines de lucro, la multa podrá imponerse hasta por el equivalente a mil veces el salario mínimo. Procederá la sanción de decomiso para los artículos que reproduzcan ilícitamente el Escudo, la Bandera, o el Himno Nacionales.”

Sin embargo, en ninguno de los dos textos se dan especificaciones sobre en qué consisten los ultrajes a los símbolos patrios, aunque sí se especifica lo que procede en caso de la reproducción ilícita.

En la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacional se prohíbe la modificación de los símbolos patrios, así como su reproducción con fines de lucro. Puedes consultar el texto completo en el siguiente enlace, en el que se detallan las características que deben cumplir los símbolos patrios para que su reproducción sea la correcta.

Las faltas que son penadas son:

  • Alterar o modificar las características de la bandera nacional establecidas.
  • Utilizar el escudo nacional sin autorización.
  • Inscribir en la bandera nacional la denominación o razón social de instituciones sin previa autorización, así como el nombre de personas físicas para promover su imagen, bienes o servicios.
  • Comercializar ejemplares de la bandera nacional que contengan cualquier tipo de inscripciones.
  • Portar la banda presidencial.
  • Alterar la letra o música del Himno Nacional ya sea con composiciones o arreglos o con fines de lucro.

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¿Puedo ir a prisión por faltarle el respeto a los símbolos patrios?

Es seguro que aquel que no respete los símbolos patrios recibirá una fuerte multa económica de hasta los 170 mil pesos, sin embargo, si la falta es grave, podría ser penado con prisión.

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De acuerdo al artículo 192 del mismo código indica que “al que haga uso indebido del escudo, insignia o himno nacionales, se le podría aplicar de tres días a un año de prisión.

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