/ lunes 15 de julio de 2024

Reforma al Poder Judicial, algunas dudas aún

Existen una serie de temas irreductibles de los que se ha hablado en los foros de discusión sobre esta reforma, como lo son: la reducción de 11 a 9 ministros; la creación del órgano de administración judicial y del tribunal federal de disciplina judicial; la legitimidad democrática de los integrantes de los órganos jurisdiccionales (elección) y no vulnerar los derechos adquiridos de los trabajadores. El Consejo de la Judicatura Federal, creado en la reforma de 1994, tiene como función la de administrar al poder judicial federal y la de sancionar a quienes cometen faltas en el ejercicio de sus funciones; la reforma plantea eliminar el Consejo y crear dos entes distintos a fin de desarrollar las funciones por separado y que no exista intervención alguna de quien preside la Suprema Corte de Justicia; visto a simple vista, suena interesante la idea; sin embargo, se presentan dudas en relación a la forma de operar, ya que la iniciativa no describe de manera clara las fronteras de actuación de estos órganos nuevos, no se precisa de manera clara lo alcances, los mecanismos de investigación en caso de faltas u omisiones de magistrados, jueces u integrantes del poder judicial federal; el acompañamiento a la iniciativa de una serie de normas complementarias es importante toda vez que es una transformación que trasciende al interior, y que afecta al exterior en cuanto a la posibilidad que tiene un justiciable de denunciar algún acto, omisión o falta grave que requiera ser investigada por la autoridad jurisdiccional.

Así mismo, esta transformación también prevé que tratándose del Tribunal de Disciplina Judicial, este será integrado por 5 magistrados electos por el voto popular; lo anterior, reclama, en el caso de ser aprobada en sus términos la reforma, una acción de información detallada a la sociedad sobre las funciones que realizarán los integrantes de este nuevo tribunal; no podemos dejar de lado que existe un desconocimiento por parte de la sociedad en general sobre qué hace el Consejo de la Judicatura, muchos piensas que es la misma Suprema Corte, otros incluso ven una duplicidad en el pleno de la corte y el consejo de la judicatura; obviamente, que no es así, pero es preciso describir con mucha precisión y nivel de detalle esos cargo a elegir.

Es preciso señalar que la iniciativa de reforma constitucional, en los términos en los que se encuentra, presenta muchas dudas operativas, las cuales son importantes; ¿Quién y cómo se organizará la elección?; esta pregunta nace porque la iniciativa habla del Instituto Nacional de Elecciones y Consultas, por sus siglas INEC; sin embargo, este órgano no existe aún, lo que hace suponer que se propondrá una reforma para eliminar el INE y pasar a este nuevo órgano que se encargue de los procesos electorales; ¿Qué costo tendrá? ¿Cómo se utilizarán los espacios oficiales? ¿Pueden organizaciones de la sociedad civil promover candidatos?; una vez concluida la elección, los órganos electorales distritales se disuelve, ¿se tendrán que integrar nuevos para la elección extraordinaria?; no hay un presupuesto aprobado para dar inicio a esa elección extraordinaria. Solamente para la elección de los integrantes del Poder Judicial Federal habría cerca de 9 mil candidatos; lo cual hace una elección amplia, sin reglas de participación claras.

Tengo claro que la oposición y defensa de la iniciativa, están en debates o narrativas distintas; por un lado la oposición tratando de ser analítica, sólida y con argumentos constitucionales fuertes; la defensa de la iniciativa con solo publicar los privilegios de los integrante de la corte, destruyen cualquier razonamiento técnico; entonces el debate se convierte en eminentemente económico, no de fondo en la posibilidad de que esta iniciativa pudiera de una vez por todos lograr una transformación a fondo en beneficio de los justiciables.

ALEX DOMINGUEZ


Maestro en Administración Pública. Presidente del CDE del PRI.

dominguezd@hotmail.com


Existen una serie de temas irreductibles de los que se ha hablado en los foros de discusión sobre esta reforma, como lo son: la reducción de 11 a 9 ministros; la creación del órgano de administración judicial y del tribunal federal de disciplina judicial; la legitimidad democrática de los integrantes de los órganos jurisdiccionales (elección) y no vulnerar los derechos adquiridos de los trabajadores. El Consejo de la Judicatura Federal, creado en la reforma de 1994, tiene como función la de administrar al poder judicial federal y la de sancionar a quienes cometen faltas en el ejercicio de sus funciones; la reforma plantea eliminar el Consejo y crear dos entes distintos a fin de desarrollar las funciones por separado y que no exista intervención alguna de quien preside la Suprema Corte de Justicia; visto a simple vista, suena interesante la idea; sin embargo, se presentan dudas en relación a la forma de operar, ya que la iniciativa no describe de manera clara las fronteras de actuación de estos órganos nuevos, no se precisa de manera clara lo alcances, los mecanismos de investigación en caso de faltas u omisiones de magistrados, jueces u integrantes del poder judicial federal; el acompañamiento a la iniciativa de una serie de normas complementarias es importante toda vez que es una transformación que trasciende al interior, y que afecta al exterior en cuanto a la posibilidad que tiene un justiciable de denunciar algún acto, omisión o falta grave que requiera ser investigada por la autoridad jurisdiccional.

Así mismo, esta transformación también prevé que tratándose del Tribunal de Disciplina Judicial, este será integrado por 5 magistrados electos por el voto popular; lo anterior, reclama, en el caso de ser aprobada en sus términos la reforma, una acción de información detallada a la sociedad sobre las funciones que realizarán los integrantes de este nuevo tribunal; no podemos dejar de lado que existe un desconocimiento por parte de la sociedad en general sobre qué hace el Consejo de la Judicatura, muchos piensas que es la misma Suprema Corte, otros incluso ven una duplicidad en el pleno de la corte y el consejo de la judicatura; obviamente, que no es así, pero es preciso describir con mucha precisión y nivel de detalle esos cargo a elegir.

Es preciso señalar que la iniciativa de reforma constitucional, en los términos en los que se encuentra, presenta muchas dudas operativas, las cuales son importantes; ¿Quién y cómo se organizará la elección?; esta pregunta nace porque la iniciativa habla del Instituto Nacional de Elecciones y Consultas, por sus siglas INEC; sin embargo, este órgano no existe aún, lo que hace suponer que se propondrá una reforma para eliminar el INE y pasar a este nuevo órgano que se encargue de los procesos electorales; ¿Qué costo tendrá? ¿Cómo se utilizarán los espacios oficiales? ¿Pueden organizaciones de la sociedad civil promover candidatos?; una vez concluida la elección, los órganos electorales distritales se disuelve, ¿se tendrán que integrar nuevos para la elección extraordinaria?; no hay un presupuesto aprobado para dar inicio a esa elección extraordinaria. Solamente para la elección de los integrantes del Poder Judicial Federal habría cerca de 9 mil candidatos; lo cual hace una elección amplia, sin reglas de participación claras.

Tengo claro que la oposición y defensa de la iniciativa, están en debates o narrativas distintas; por un lado la oposición tratando de ser analítica, sólida y con argumentos constitucionales fuertes; la defensa de la iniciativa con solo publicar los privilegios de los integrante de la corte, destruyen cualquier razonamiento técnico; entonces el debate se convierte en eminentemente económico, no de fondo en la posibilidad de que esta iniciativa pudiera de una vez por todos lograr una transformación a fondo en beneficio de los justiciables.

ALEX DOMINGUEZ


Maestro en Administración Pública. Presidente del CDE del PRI.

dominguezd@hotmail.com