/ jueves 5 de septiembre de 2024

LeBarón: Una Pretensión Injustificable de Autodeterminación

César M. Fernández

Como si necesitáramos más prueba de su hiperactiva imaginación, los LeBarón han presentado una petición ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la cual ha generado un intenso debate sobre la legitimidad de su reclamo de derechos como comunidad auto determinada. Sin embargo, es fundamental enfatizar que los argumentos que sostienen los LeBarón no tienen congruencia y, por lo tanto, no deben ser reconocidos como un pueblo originario de México porque no lo son y, por ende, deben seguir estando sujetos a la legislación y autoridades mexicanas, aun que eso no les guste.

Contexto Histórico y Cultural

Los LeBarón son un grupo que se originó a partir de migraciones de colonos mormones estadounidenses hacia México a finales del siglo XIX, los cuales posteriormente tuvieron un cisma con la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días ante la negativa de los LeBarón a abandonar las arcaicas usanzas mormonas, muy específicamente la poligamia (la cual siguen practicando hoy en dia aún que en México sea prohibido). La historia de esta comunidad no se alinea con la de los pueblos indígenas de México, que tienen raíces ancestrales profundas y una continuidad cultural que se remonta a miles de años. La vida de los pueblos originarios está marcada por su conexión histórica con la tierra y su desarrollo cultural autónomo, lo cual es un elemento clave en la definición de un pueblo originario.

La inclusión de los LeBarón en la categoría de pueblos originarios diluye el significado de este término y los derechos que corresponden a las comunidades que verdaderamente han sido históricamente oprimidas y marginadas atraves de los siglos en el contexto mexicano.

La Negativa del Tribunal Electoral

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México argumentó que los LeBarón no cumplen con los criterios necesarios para ser considerados una entidad tribal. La decisión se basa en la falta de elementos que los clasifiquen como un pueblo indígena, lo que incluye, entre otros aspectos, una identidad cultural diferenciada y una historia de resistencia ante el Estado.

La negativa a reconocer a los LeBarón como una comunidad indígena refleja un compromiso con las normativas y los estándares internacionales de derechos humanos, que buscan proteger a los grupos históricamente marginados. Al insistir en su categoría de pueblo originario, los LeBarón se inscriben en una narrativa que podría perjudicar a otros grupos que efectivamente representan la diversidad indígena del país.

Derechos y Protección del Estado Mexicano

Los LeBarón sostienen que su falta de reconocimiento ha limitado su acceso a derechos fundamentales, así como a recursos legales. Pero es importante enfatizar que todas las personas en México, incluidas las comunidades no indígenas como los LeBarón, disponen de derechos fundamentales garantizados por la Constitución y los tratados internacionales que el país ha firmado. La clave está en cómo se gestionan y protegen esos derechos, en lugar de buscar un estatus que no corresponde a su realidad histórica y cultural.

Sin embargo, los LeBarón han utilizado este discurso por años y, aunque es verdad que en México la seguridad es escasa y la violencia abundante, no es este un elemento suficiente.

Posibles Consecuencias del Reconocimiento

En el caso hipotético en el que los LeBarón obtuvieran el estatus de pueblo originario, esto sentaria un precedente peligroso que incentive a otros grupos con características similares a hacer reclamos de este tipo. Tal situación podría llevar a una fragmentación del reconocimiento que actualmente se otorga a los pueblos indígenas auténticos, diluyendo los recursos y atención que realmente necesitan estas comunidades.

Además, el reconocimiento del estatus indígena podría generar tensiones en la relación entre la comunidad LeBarón y las autoridades nacionales, así como con otras comunidades indígenas que luchan por la defensa de su autonomía y derechos en un contexto en que el Estado debe cumplir con sus obligaciones internacionales.

Conclusiones

Aunque soy un creyente en los movimientos separatistas, mi conclusión sobre el reclamo de la comunidad LeBarón ante la CIDH es que, a pesar de que plantea cuestiones complejas sobre su identidad, este grupo no debe ser considerado un pueblo originario, ni debe tener la libertad para autodeterminarse. Su historia y contexto cultural no lo respaldan. La defensa de los derechos humanos y colectivos debe ir acompañada de un profundo respeto por las raíces y realidades de aquellos que han luchado por su existencia y autonomía a lo largo de los siglos; no se deben utilizar estos términos de manera oportunista y deshonesta en la primera oportunidad que se presente.

La solución a los problemas que enfrentan los LeBarón debe plantearse dentro de los marcos legales existentes y no a expensas del reconocimiento indebido de derechos que podrían socavar la lucha de los pueblos indígenas de México, especialmente cuando este reclamo proviene de una comunidad sumamente cuestionable.

Instagram: csrm_fernandez



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